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Boletín. La primera Asamblea de Socios... siete años después

2 de maig 2021

Habitualmente los clubes se constituían mediante su Acta de Constitución y la elaboración de unos Estatutos que debían explicitar sus fines y estructuras organizativas. El caso del C.N. Montjuïc es, en este aspecto, un poco particular dadas las circunstancias que concurrieron en su constitución que en los primeros años estuvo muy ligada a la 'Organización Sindical de Educación y Descanso', como hemos visto en entradas anteriores.

Todos los estatutos de cualquier tipo de entidades, deportivas o no, suelen considerar como órgano máximo de gobierno la Asamblea General de Socios, a la que deben rendir cuentas cada año las respectivas Juntas Directivas que son las encargadas de la administración ordinaria. En el Montjuïc, sin embargo, se dio la situación poco habitual de que no celebró su primera Asamblea de Socios hasta el mes de noviembre de 1951, pasados ​​más de siete años desde su fecha oficial de constitución. En ese momento ya se habían sucedido dos presidentes, con sus juntas directivas respectivas que a su vez habían tenido los lógicos cambios de componentes. Además en 1946 se había producido una grave crisis económica y general de la entidad que dió lugar a la separación definitiva con 'Educación y Descanso', en lo que hemos denominado como 'La segunda fundación' en otra entrada de este blog. Así el presidente Boronat, que convocó esta primera Asamblea, ya llevaba cinco años en el cargo en el que, evidentemente, deberá ser confirmado. El boletín del club nos lo explica de esta manera:

Editorial del boletín del CNM n. 27, de noviembre de 1951
Convocatoria de la Asamblea en el boletín del mismo número
Editorial del boletín del CNM n. 28 de diciembre de 1951
Fuente: Archivo JCE

En una entrada posterior procuraremos aclarar, en la medida de lo posible, el curioso hecho de esta asamblea tan diferida; así como el extraño caso de que en su convocatoria se citen diferentes disposiciones legislativas de rango superior al club pero, en cambio, no haya ninguna mención a los propios estatutos del Montjuïc como parecería normativo que se hiciera.

JCE

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